viernes, 8 de febrero de 2013

LA LEY CAMPOAMOR


Tras ver unos comentarios sobre la política local que hoy corrían por twitter y tras leer algún que otro artículo reciente, me han venido a la mente unos versos sobradamente conocidos.

Son los famosos versos del poema de Ramón de Campoamor  que dicen aquello de:

en este mundo traidor,
nada es verdad ni es mentira,
todo es según el color,
del cristal con que se mira

 Pues bien, aún siendo famosos los versos y aún habiendo utilizado la frase en multitud de ocasiones, hoy he descubierto una nueva expresión que desconocía.

Buscando los versos en google, acabé encontrando esta definición en la wikipedia que os transcribo literalmente ya que me he propuesto que este artículo sea lo más aséptico y neutro posible por mi parte.

Ley Campoamor

La expresión Ley Campoamor se usa a modo de metáfora, o de recurso retórico, con que poder decir a alguien que se ha hecho una interpretación interesada de algo, ya sea de un hecho o bien de una disposición legal o reglamentaria. En la Administración pública española es una expresión usada con cierta frecuencia en aquellas ocasiones en las cuales un jefe hace interpretación, apreciación, o aplicación, de reglamentos a su albedrío, que no es coincidente con la interpretación general  y comúnmente aceptada o entendida. En esos casos arbitrarios se dice entonces que la persona en cuestión aplica la ley campoamor.

Origen

La frase «ley campoamor» se basa en el texto del famoso poema de Ramón de Campoamor que dice: «En este mundo traidor / nada es verdad ni mentira / todo es según el color / del cristal con que se mira», el cual supone una pesimista pero bella manera de expresar, y admitir, que nada vale, que ningún valor es inmutable, y que inevitablemente impera el subjetivismo, la arbitrariedad, y el relativismo, en todas las facetas de nuestro mundo (por ello, traidor, según el poeta).

Todo esto viene al caso, por las interpretaciones tan opuestas que ha generado la reciente decisión de un concejal de La Llagosta que habiéndose presentado a las elecciones bajo las siglas de CiU, ha dejado esa formación y ese grupo municipal para pasar a ser un concejal ‘no adscrito’ y mantener su apoyo a ICV en el gobierno local.

Apreciaréis que en la breve explicación de los hechos he sido sintético y objetivo. No quiero que nadie me tache de aplicar la Ley Campoamor. Tampoco nadie podrá decir que mi punto de vista está coloreado. No me une a ese concejal ningún tipo de relación ni de amistad o ni de enemistad personal. Tampoco siento ninguna afinidad o animadversión política.

Sin embargo, un mismo hecho -la actuación de ese concejal- ha supuesto para unos (los damnificados), un claro ejemplo de transfuguismo y traición, mientras que para otros (los beneficiados y/o amigos) es un claro ejemplo de coherencia política y de  integridad personal.

¿Es posible una interpretación tan dispar de una misma cuestión?.  Pues parece ser que sí. Qué oportunos e indicados resultan en este caso los versos de Campoamor.

A estas alturas del escrito aún no he manifestado mi opinión personal. Pero que no la diga no significa que no la tenga. Simplemente me limitaré a aportaros más información, elaborada por terceros, para que una vez leída, le pongáis el color que queráis a lo ocurrido en el ayuntamiento de La Llagosta y podáis determinar por vosotros mismos si se trata o no de un episodio de transfuguismo.

Supongo que nadie se atreverá a poner en duda la imparcialidad del diccionario de la Real Academia de la Lengua. Pues bien, veamos que dice el diccionario:

Tránsfuga:

1. Persona que pasa de una ideología o colectividad a otra.
2. Persona que con un cargo público no abandona éste al separarse del partido que lo presentó como candidato.

Supongo que tampoco nadie pondrá en duda la neutralidad de uno de los pocos documentos que ha conseguido poner de acuerdo a la inmensa mayoría de los partidos políticos de todos los colores, incluidos los dos afectados  (PP, PSOE, IU, CiU, PNV, ICV,BNG, ERC, …)

Se trata del 

“ACUERDO SOBRE UN CÓDIGO DE CONDUCTA POLÍTICA EN RELACIÓN CON EL TRANSFUGUISMO EN LAS CORPORACIONES LOCALES”,
“Un compromiso por el respeto a la voluntad de los ciudadanos y a la lealtad política en los gobiernos locales”

O más conocido como PACTO ANTITRANSFUGUISMO. El documento de mayo de 2006 dice:

Primero.-  A los efectos del presente Acuerdo, se entiende por tránsfugas a los representantes locales que, traicionando a sus compañeros de lista y/o de grupo -manteniendo estos últimos su lealtad con la formación política que los presentó en las correspondientes elecciones locales-, o apartándose individualmente o en grupo del criterio fijado por los órganos competentes de las formaciones políticas que los han presentado, o habiendo  sido expulsados de éstas,  pactan con otras fuerzas para cambiar o mantener la mayoría gobernante en una entidad local, o bien dificultan o hacen imposible a dicha mayoría el gobierno de la entidad. Cuando surgiesen dudas sobre qué miembros de una lista y/o grupo político han incurrido en transfuguismo, será la formación política que los ha presentado la que deberá aclarar por escrito cuáles de ellos se han apartado de la disciplina de partido, a efectos de su calificación como tránsfugas. Las medidas previstas en este Acuerdo  con respecto a los tránsfugas, serán igualmente de aplicación a aquellos miembros de las entidades locales que se beneficien de su conducta.
Igualmente, los Partidos Políticos se comprometen a no aceptar en sus equipos de Gobierno municipal a miembros de la Corporación que  se hayan convertido en tránsfugas con respecto a sus grupos de procedencia, y rechazan la posibilidad de que por parte del Alcalde se efectúe cualquier nombramiento político que implique atribuciones de gobierno o delegación genérica o especial de las mismas, con los consiguientes derechos políticos y económicos, en favor de los tránsfugas.

Repito, esta es la definición aceptada por TODOS LOS PARTIDOS POLÍTICOS. (Os dejo el texto integro del pacto por si os apetece la lectura.)

Os he presentado  textos literales, sin un ápice de opinión. Simplemente me he limitado a un ‘cortar y pegar’ de documentos. Considero que son datos más que suficientes para que cada cual forme su propia opinión sobre lo sucedido en La Llagosta, sacando sus propias conclusiones sin que nadie os intente imponer la ‘Ley Campoamor’ colocando un filtro del color que más le interese.